Secretaría
Secretario |
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El horario de Secretaría para este curso es en jornada de mañana:
- Mañana de 11 a 11.45 de lunes a viernes.
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Secretario |
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El horario de Secretaría para este curso es en jornada de mañana:
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El Consejo Escolar del centro es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa. El Consejo Escolar está compuesto por los siguientes miembros:
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones:
El Consejo Escolar del centro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.
El Consejo Escolar de este Centro está formado por:
PRESIDENTA: EMILIO CENDRERO RISCO
JEFE DE ESTUDIOS: SUSANA CORREA PARDAL
REPRESENTANTES DE PROFESORES:
Petra Cerro Gómez.
Isabel Rodríguez Gaspar
Ana Mª Sánchez Andreu.
Antonia Díaz Murillo
REPRESENTANTES DE PADRES:
Elena Díaz Prego.
Milagros Rubio Rodríguez
Purificación Villarejo Grano de Oro.
REPRESENTANTE MUNICIPAL:
Féliz Miranda Alvárez
SECRETARIO:
Mª Eugenia Aguilar Quiles
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Al ser un Centro de menos de 12 unidades las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica las asume el Claustro de Profesores, si bien se ha acordado mantener una reunión trimestral . Sus competencias son las siguientes:
b) Coordinar la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa y su posible modificación.
c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del Plan de acción tutorial, y elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.
d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.
e) Asegurar la coherencia entre el Proyecto educativo de centro, los Proyectos curriculares de etapa y la Programación General anual.
f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos curriculares de etapa. g) Proponer la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con el Director. Sus reuniones coincidirán con las del Claustro.
Composición de la C.C.P.:
La C.C.P. está formada por la Directora, el Jefe de Estudios, los profesores coordinadoresde Ciclo y una representante del EOEP del Centro, siendo el secretario el profesor de menor edad.para el presente curso es:
Director: Emilio Cendrero Risco
Jefe de Estudios: Susana Correa Pardal
v E.O.E.P.: por determinar .
Coordinadores de Ciclo:
· Educación Infantil: Ana Mª Sánchez Andreu..
· 1º Ciclo Primaria: Petri Cerro
· 2º Ciclo de Primaria: Toñi Díaz Murillo
· 3º Ciclo de Primaria: Susana Correa Pardal
Secretaria: Mª Eugenia Aguilar Quiles
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El personal docente del colegio lo forman 1 maestros y maestras. Según catálogo actual la dotación de puestos de trabajo es:
Especialidades
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E. Infantil
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E. Primaria
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EF
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MU
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FI
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PT
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AL
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TOTAL
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Puestos
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3
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7
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1 |
1*
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2
|
1*
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1
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16
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Definitivos
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3
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5
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1
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1
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2
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0
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1
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13
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Interinos
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0
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2
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0
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0
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0
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1
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0
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3
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TOTAL
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3
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7
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1
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1
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2
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1
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1
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16
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Los puestos marcados con * son itinerantes.
Claustro de Profesores Curso 2.013/2.014
Nuestro Claustro de Profesores está formado por:
Ana Mª Sánchez Andreu.
Mª Angeles Utrero Utrero
Petra Cerro Gómez.
Antonia María Díaz Murillo..
Susana Campos Pastor
Susana Correa Pardal
Emilio Cendrero Risco .
Mª Dolores Carpio Vega
Herminia Cabanillas García
Isabel Rodríguez Gaspar.
El Claustro de Profesores.
Son competencias del Claustro:
a) Elevar al equipo directivo propuestas para la elaboración del Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual.
b) Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos.
c) Aprobar los aspectos docentes de la Programación General anual del centro e informar ésta antes de su presentación al Consejo Escolar.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
e) Elaborar el Plan de Formación del profesorado del centro.
f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y en el Consejo del Centro de profesores.
g) Conocer las candidaturas a la Dirección y los programas presentados por los candidatos.
h) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
i) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
j) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los maestros.
k) Analizar y valorar trimestralmente la marcha general y la situación económica del centro.
l) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones.
ll) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
m) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.
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Director |
EMILIO CENDRERO RISCO |
Jefe Estudios |
SUSANA CORREA PARDAL |
Secretario |
MªEUGENIA AGUILAR QUILES |
Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro, formado por el /la Director/a , el Jefe de Estudios y el /la Secretario/a.
El Director será elegido por el Consejo Escolar y nombrado por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia. Son competencias del Director:
a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del centro.
d) Ejecutar la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
e) Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
f) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos. h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
i) Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los Coordinadores de ciclo y a los tutores.
j) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.
k) Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de las respectivas competencias.
l) Elaborar con el equipo directivo la propuesta de Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro de Profesores y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
ll) Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica del centro.
m) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. n) Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
ñ) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.
o) Proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes.
p) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
q) Garantizar el derecho de reunión de maestros, alumnos, padres de alumnos y personal de administración y de servicios, de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.
En caso de ausencia o enfermedad del Director, se hará cargo de sus funciones el Secretario, si lo hubiere. En caso contrario, lo sustituirá el maestro más antiguo en el centro y, si hubiese varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.
a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el Proyecto educativo del centro, los Proyectos Curriculares de etapa y la Programación General anual y, además, velar por su ejecución.
d) Elaborar, en coordinación con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de profesores, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Coordinar la realización de actividades complementarias, según las directrices aprobadas por el Consejo Escolar del centro.
j) Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro.
k) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.
Son competencias del Secretario: